El Impuesto de Sucesiones es el tributo que hay que abonar cuando se produce una herencia o legado. En este caso, es la persona que hereda la responsable de pagarlo. Está regulado por la Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. El plazo para hacerlo es de 6 meses desde el momento en que fallece la persona que lega los bienes
Así, Andalucía es una de las CCAA en las que prácticamente se ha suprimido el impuesto para los parientes más cercanos. Porque, la reducción es de hasta 1.000.000 de euros si se pertenece a
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Aún no. La cuota tributaria del impuesto sobre donaciones se obtiene del resultado de aplicar un coeficiente multiplicador en base al Grupo de parentesco del transmitente. En concreto, los grupos son: Grupo I: adquisiciones por descendientes menores de 21 años.
Por la donación de dinero para constituir o adquirir una empresa o negocio o participaciones en entidades. La reducción será del 95% del importe donado hasta un máximo de 125.000 euros, 250.000 euros en caso de discapacitados. El donatario debe ser descendiente de la persona donante y menor de 41 años con un patrimonio menor de 300.000 euros.
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